
Ayudas económicas a víctimas violencia de género
Ayudas económicas a favor de las víctimas de violencia de género, establecida en el art. 27 de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Tiene como objetivo determinar el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica dirigida a las victimas de violencia de género para las que quede acreditada la insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.
Para ser beneficiaria del derecho a la ayuda económica, la mujer víctima de violencia de género deberá, a fecha de la solicitud de la ayuda, ser residente en la Comunitat Valenciana, carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento de salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y tener especiales dificultades para obtener un empleo, que se acreditará a través del Informe del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Más información: http://www.bsocial.gva.es
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